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Crédito a tasa cero: extienden los plazos para tramitarlo

El Gobierno nacional decidió extender el plazo para que los monotributistas puedan tramitar los créditos a tasa cero hasta el 30 de septiembre.

Esta decisión será instrumentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para permitir que más monotributistas y autónomos accedan al beneficio. El monto al que puede acceder cada monotributista y autónomo dependerá de la categoría en la que se encuentre inscripto siendo el máximo $150.000.

El desembolso del crédito se realiza mediante la tarjeta de crédito (en caso de no tener, el banco le otorgará una) en tres desembolsos idénticos y sucesivos. Además, durante los tres meses en los que se desembolsa el monto del crédito, automáticamente se pagará el monotributo completo. Los créditos a tasa cero se tramitan a través de la página web de AFIP.

¿Cuando se comienza a devolver el crédito?

El crédito cuenta con un período de gracia de 6 meses y el repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin intereses.

¿Es compatible con el IFE?

Si, los créditos a tasa cero son compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). Esto será, siempre y cuando se cumplan los criterios de elegibilidad establecidos en la normativa, todos monotributistas inscriptos en las categorías A y B que hubieran accedido al IFE podrán tramitar un crédito.

Requisitos para obtener el crédito

  • Estar inscriptos en cualquier categoría del Régimen.
  • No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal por un 70%.
  • No percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
  • El monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020, no debe haber caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
  • No tener situación crediticia mayor a 2, es decir, no podrán acceder aquellos que posean deudas mayores a 90 días.

Autónomos:

  • No encontrarse adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.
  • No ser integrante de directorio de sociedades comerciales.
  • No tener situación crediticia mayor a 2.
  • Poseer Domicilio Fiscal Electrónico.
  • No cumplir con alguno de estos requisitos puede excluirlos en los créditos baratos para monotributistas y autónomos.
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